Por
la Provincia de Guayana asistieron al Congreso los diputados J. Álvarez y
Antonio. Soublette, pues cinco días antes de la declaración, el Gobernador Juan
Antonio Mirabal se había plegado al movimiento separatista. El diputado eñlectoTomás de Heres se inhibió
de asistir.
La
Constitución de la cual Venezuela se estabilizaba como República independiente
y soberana eliminó la figura departamental, pero conservó la de Provincia con
la misma división de Cantones y Parroquias. Igualmente conservó el sistema
electoral, pero adecuado a la nueva realidad. Vale decir, elecciones generales
a través de Colegios Electorales formados por electores escogidos en elecciones
primarias efectuadas cada dos años el primero de agosto de cada parroquia del
Cantón.
Los
Colegios Electorales constitucionales debían asimismo reunirse cada dos años,
pero el primero de octubre, para votar por el Presidente de la República que
excepcionalmente duraba cuatro años en sus funciones; el Vicepresidente,
Senadores y Diputados al Congreso, más los diputados provinciales.
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